En primer lugar, es absolutamente irrelevante en qué género se encuentra alguien con respecto a causar daño físico a otro ser humano.
En el Reino Unido, existen esencialmente dos defensas para el público en general para infligir daño físico a otra persona y eso es defensa propia y un poder bajo la Sección 3 de la Ley de Derecho Penal.
De acuerdo con la ley común, debe ser capaz de satisfacer a un tribunal que cree que se utilizará la violencia ilegal inmediata contra usted y, por lo tanto, tuvo que defenderse utilizando una fuerza razonable para evitar que se le cause daño.
Curiosamente, esto puede ser preventivo, es decir, usted lanza el primer puñetazo porque tenía la creencia genuina de que si no hubiera golpeado a la otra persona, le habría causado daño físico.
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La autoridad legal para esto se establece dentro del derecho consuetudinario, es decir, la ley creada por los jueces en los tribunales … Beckford v The Queen [1988] AC 130 y Palmer v R [1971] AC 814.
El derecho consuetudinario también establece que la fuerza utilizada en la autodefensa siempre debe ser proporcionada en las circunstancias. Así que golpear a alguien y noquearlo, entonces seguirlo golpeando sería considerado ilegal.
Bajo la CLA de la Sección 3, debe utilizar una fuerza razonable en las circunstancias, para detener a alguien para prevenir un delito o para asistir en la detención legal de un delincuente o alguien ilegalmente en libertad (es decir, un fugitivo de la prisión)